Requisitos para viajar a Isla de Pascua en 2023

Conoce toda la información sobre los documentos necesarios y requisitos para viajar a Isla de Pascua en 2023. Incluye el nuevo protocolo COVID-19 y nueva ley 21.070 de ingreso para turistas vigente a partir de 2018.
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Isla de Pascua, un destino soñado y frágil

Al igual que ocurre en otras zonas del planeta, Isla de Pascua ha experimentado durante las últimas dos décadas un rápido crecimiento turístico. Los vuelos de bajo coste, las ofertas y los paquetes turísticos, junto a la promoción nacional e internacional de Rapa Nui a través de ferias, eventos, medios de comunicación y redes sociales han conseguido posicionar a este remoto y singular territorio como uno de los destinos soñados por muchos viajeros.
En los últimos tiempos Isla de Pascua recibía más de 100.000 turistas cada año. Esta cifra que puede parecer modesta en comparación a otros destinos consolidados, supone una cantidad considerable de visitantes en comparación a los que recibía pocos años atrás.
Este aumento de turistas ha favorecido la economía y el desarrollo de la isla, mejorando las condiciones de vida de sus habitantes y su poder adquisitivo. Sin embargo, este rápido crecimiento también representa una amenaza para un ecosistema muy vulnerable debido a su reducido tamaño y su aislamiento extremo.
El incremento de residuos, la escasez de recursos hídricos y la sobrepoblación del núcleo urbano son algunos de los problemas que ha traído consigo el desarrollo. Por ello, las autoridades y los ciudadanos rapanui decidieron controlar el creciente flujo de turistas y residentes antes de que sea demasiado tarde.
Nueva ley 21.070 para proteger Rapa Nui
El 1 de agosto de 2018 entró en vigor la nueva ley No. 21.070 que regula el ejercicio de los derechos a residir, permanecer y trasladarse hacia y desde el territorio especial de Isla de Pascua.
La intención de esta nueva normativa es favorecer un desarrollo armónico y sustentable del territorio y proteger a la isla de un posible colapso por saturación de habitantes, visitantes y vehículos.
El texto de la ley 21.070 señala que toda persona, chilena o extranjera, tendrá el derecho a ingresar y permanecer en la isla por un plazo máximo de 30 días, prorrogable bajo ciertas condiciones. La excepción estará dada para personas que cumplan con requisitos especiales, por ejemplo: por el ejercicio de alguna actividad económica; por una relación familiar; por vínculos laborales; o por el ejercicio de alguna función pública en órganos del Estado.
Covid-19, el virus que lo cambió todo
En Marzo de 2020 la Isla de Pascua cerró el aeropuerto de Mataveri a cualquier vuelo comercial para proteger a sus habitantes del letal coronavirus. Esa medida extrema tuvo como resultado un control total de los contagios. De hecho, en Rapa Nui solo se detectaron unos pocos casos aislados al inicio de la pandemia. Y durante el cierre decretado por las autoridades, la isla estuvo libre de Covid-19 gracias a unos estrictos protocolos sanitarios y al seguimiento del «tapu», una filosofía ancestral basada en el respeto a las normas.
Apertura de Isla de Pascua en 2022
Una vez controlada la pandemia de Covid-19, la reapertura de Isla de Pascua al turismo se produjo el día 1 de agosto de 2022. Después de casi dos años y medio de aislamiento y sacrificio, el 4 de agosto de 2022 aterrizó el primer vuelo desde Santiago de Chile a Rapa Nui, iniciando la vuelta a la normalidad. Actualmente, la aerolínea Latam opera 3 vuelos semanales y se espera que incremente la frecuencia de los mismos de acuerdo a la demanda.
Nuevos requisitos para viajar a Rapa Nui
Ahora, una vez realizada la apertura, para poder viajar a la isla de Rapa Nui será obligatorio haber recibido el esquema completo de vacunación contra el Covid-19 y cumplir con la nueva ley No. 21.070 que rige la permanencia y residencia en Isla de Pascua.
A continuación explicamos todos los documentos necesarios y requisitos para poder viajar a Isla de Pascua en 2023.
Actualización de requisitos para viajar a Isla de Pascua
El día 1 de diciembre de 2022, el Ministerio de Salud de Chile informó que debido a la considerable mejora de las condiciones epidemiológicas en Isla de Pascua, se actualizan las medidas sanitarias vigentes para el traslado de personas hacia Rapa Nui. De modo que según la nueva resolución No. 1645, todos los visitantes deberán cumplir con el siguiente protocolo de seguridad:
1. Los pasajeros nacionales y extranjeros que se trasladen vía aérea o marítima desde el territorio nacional a la Isla de Pascua NO necesitan realizar ningún test PCR previo a su embarque.
2. Las personas, nacionales o extranjeras, que no tengan residencia regular en la Isla de Pascua deberán llevar el certificado que acredite su esquema de vacunación completo contra el Covid-19, emitido por el país en el que fueron administradas las respectivas vacunas. Se exigirá el certificado, previo al embarque, en el punto de control sanitario fijado en el puerto o aeropuerto, según corresponda.
La Isla de Pascua continúa con el Plan “Seguimos Cuidándonos, Paso a Paso”, al igual que el resto del país, esto significa:
– Uso de Mascarilla obligatorio, por parte de los usuarios y los trabajadores de los centros de salud.
– Recomendación encarecida de mantener el uso de la protección que dan las mascarillas, sobre todo en espacios cerrados, cuando interactuamos de cerca con las personas y por sobre todo cuando alguien tiene síntomas respiratorios.
– Las personas que ingresen al territorio podrán estar sujetas a exámenes preventivos antes de subir al avión, a su llegada o durante su estadía en la isla.
Ingreso a Chile desde el exterior
Desde el día 1 de octubre de 2022, Chile pasó a fase de Apertura en cuanto a la situación epidemiológica de Covid-19 debido a que existe una circulación controlada de las variantes ya conocidas, en un contexto de alta cobertura de vacunación y bajo impacto en la red sanitaria.
¿Qué implica estar en Escenario de Apertura?
– El uso de mascarilla sólo es obligatorio en recintos de salud pero se recomienda su uso a personas con síntomas de Covid-19, en el transporte de pasajeros y en aglomeraciones.
– No se exige el Pase de Movilidad.
– Se eliminan las restricciones de aforo en espacios abiertos y cerrados.
– No hay restricción en eventos masivos
Requisitos para entrar a Chile, antes de viajar
Todos los turistas (extranjeros no residentes), extranjeros residentes y chilenos que quieran ingresar a Chile desde otro país deberán seguir el siguiente protocolo para ingresar a Chile.
1. Comprobante de vacunación emitido en el país donde se vacunó.
2. Si el viajero no cuenta con el esquema de vacunación de su país, deberá presentar un resultado negativo en un test PCR de máximo 48 horas desde la salida.
3. Los menores de 18 años no tienen ningún requisito para ingresar a Chile.
Estos documentos serán requeridos por el operador del medio de transporte al abordarlo, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país.
Requisitos para viajar a Rapa Nui según la ley 21.070
La ley 21.070, que regula la residencia y permanencia en Rapa Nui desde 2018, indica que toda persona, chilena o extranjera, tendrá el derecho a ingresar y permanecer en la isla por un plazo máximo de 30 días, prorrogable bajo ciertas condiciones. La excepción estará dada para personas que cumplan con requisitos especiales, por ejemplo: por el ejercicio de alguna actividad económica; por una relación familiar; por vínculos laborales; o por el ejercicio de alguna función pública en órganos del Estado.
En esta sección sólo hablamos de cómo afecta la ley 21.070 al tránsito y permanencia de los turistas que vayan a visitar la isla. No abordamos las cuestiones relativas a la residencia en la Isla de Pascua.
Aquellos que quieran conocer más en detalle la nueva ley pueden descargar el documento oficial para su lectura y un archivo que trata de resolver las dudas y preguntas más frecuentes sobre su aplicación.
A efectos prácticos, la gran mayoría de los turistas nacionales y extranjeros que vayan a viajar a Isla de Pascua apenas notarán diferencia respecto a la normativa anterior.
Según las estadísticas, la estadía media de la mayor parte de los visitantes es inferior a una semana, compran billete de ida y vuelta (Santiago-Isla de Pascua-Santiago) y vienen con el alojamiento reservado con antelación. Así que, de forma general, los turistas ya cumplen con la nueva ley, sólo se verán afectados por un poco más de burocracia y unos tiempos de espera algo más largos en el aeropuerto.
A continuación explicamos los documentos y requisitos que tienen que cumplir los visitantes, tanto nacionales como extranjeros, para poder visitar Isla de Pascua en la actualidad.
Documentos y requisitos para chilenos
Según el artículo 7 de la ley No. 21.070, para que los ciudadanos chilenos puedan ingresar a Isla de Pascua deberán presentar los siguientes documentos:
- a) Cédula de identidad o pasaporte de acuerdo a la normativa general vigente.
- b) Billete de avión intransferible de ida y vuelta a Isla de Pascua, que permita el cumplimiento efectivo del plazo máximo de 30 días naturales.
- c) Reserva en establecimiento autorizado por Sernatur para prestar servicios de alojamiento turístico, que acredite el lugar donde permanecerán durante su estadía en Isla de Pascua, o carta de invitación con alojamiento de alguna de las personas residentes (personas habilitadas para permanecer por sobre el plazo máximo de treinta días) o de una persona perteneciente al pueblo rapanui.
- d) Formulario Único de Ingreso a Isla de Pascua (FUI). Se pueden ingresar los datos de forma digital aquí y así evitar hacer este trámite en el aeropuerto. Al completar el formulario se recibirá un correo de confirmación que se deberá presentar ante la PDI. También se puede pedir el formulario impreso en el mostrador de LATAM del aeropuerto y presentar una copia.
¿Qué documento necesita presentar un menor chileno para ingresar a Isla de Pascua como turista?
Los menores de origen chileno deberán presentar los mismos documentos que un adulto según hemos visto en el apartado anterior.
Además, debido a las múltiples dudas o informaciones contradictorias que escuchan los padres, conviene aclarar que cuando un menor de nacionalidad chilena viaja acompañado por sólo uno de los padres, NO necesita ningún permiso notarial para viajar a Isla de Pascua. Aunque Isla de Pascua es un territorio considerado especial, sigue perteneciendo al estado chileno y por tanto rige la ley chilena.
La autorización notarial sólo es necesaria cuando un menor viaja al extranjero. Este sería el caso de un menor acompañado por uno de los padres que tuviera como destino final Tahiti en la Polinesia Francesa y que hiciera escala en el aeropuerto de Isla de Pascua. Entonces sí sería necesario solicitar el poder notarial para salir del país.
Documentos y requisitos para extranjeros
Los ciudadanos extranjeros que deseen viajar a Isla de Pascua tienen que cumplir los requisitos generales de Extranjería para poder ingresar a Chile y además la documentación solicitada según el artículo 7 de la ley No. 21.070.
Requisitos de viaje a Isla de Pascua para extranjeros
Además de los requisitos generales de ingreso a Chile comentados en los párrafos posteriores, los ciudadanos extranjeros que deseen ingresar a Isla de Pascua deberán presentar los siguientes documentos:
- a) Cédula de identidad o pasaporte de acuerdo a la normativa general vigente.
- b) Billete de avión intransferible de vuelta desde Isla de Pascua, que permita el cumplimiento efectivo del plazo dispuesto en el artículo 5 (30 días naturales).
- c) Reserva en establecimiento autorizado por Sernatur para prestar servicios de alojamiento turístico, que acredite el lugar donde permanecerán durante su estadía en Isla de Pascua, o carta de invitación con alojamiento de alguna de las personas contempladas en el artículo 6 (personas habilitadas para permanecer por sobre el plazo máximo de treinta días) o de una persona perteneciente al pueblo rapanui. El reglamento regulará la forma de autorización de estos alojamientos y el modo en que serán difundidos a las personas que lo requieran.
- d) Formulario Único de Ingreso a Isla de Pascua (FUI). Se pueden ingresar los datos de forma digital aquí y así evitar hacer este trámite en el aeropuerto. Al completar el formulario se recibirá un correo de confirmación que se deberá presentar ante la PDI. También se puede pedir el formulario impreso en el mostrador de LATAM del aeropuerto y presentar una copia.
Conviene recordar que a pesar de que un turista extranjero puede permanecer 90 días en territorio chileno, la ley 20.070 que entró en vigor el 1 de Agosto de 2018 restringe la estadía en Isla de Pascua a un máximo 30 días, al ser considerado un territorio especial.
Requisitos para viajar a Chile para extranjeros
A continuación se explican los requisitos generales para que los turistas extranjeros puedan acceder al país.
¿Quiénes son considerados “turistas” en Chile?
Los extranjeros que ingresan al país con fines de recreación, deportivos, de salud, de estudios, de gestiones de negocios, familiares, religiosos u otros similares; sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas.
Todo turista deberá acreditar, cuando la autoridad policial lo estime conveniente, que tiene los medios económicos suficientes para subsistir durante su permanencia en el país.
¿Qué documentos debe presentar un adulto para ingresar a Chile como turista?
- Su pasaporte vigente, el cual deberá presentar en Policía Internacional al momento de su ingreso.
- Los ciudadanos residentes de los siguientes países, pueden ingresar a Chile en calidad de turistas presentando su Documento Nacional de Identidad vigente: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, y Uruguay. Sin embargo, si estas personas desean postular después a una visa de residencia temporal desde Chile, se les exigirá su pasaporte.
¿Qué documento necesita presentar un menor para ingresar a Chile como turista?
a) Si el menor viaja acompañado de ambos padres, deberá presentar la siguiente documentación:
- Pasaporte o Documento Nacional de Identidad vigente según sea el país de origen.
- Certificado de nacimiento o libreta de familia, en original, adjuntando tres fotocopias simples.
b) Si el menor viaja acompañado sólo por uno de sus padres, deberá presentar la siguiente documentación:
- Pasaporte o Documento Nacional de Identidad vigente, según sea el país de origen.
- Certificado de nacimiento o libreta de familia, en original, adjuntando tres fotocopias simples.
- Autorización Notarial del padre que no viaje, entregando su consentimiento para la salida del menor, o la autorización del Tribunal de Familia que corresponda, en original y tres fotocopias simples en cualquiera de los dos casos.
- Certificado de defunción, en caso de estar fallecido uno de los padres, en original adjuntando tres fotocopias simples.
c) Si el menor no viaja acompañado de sus padres, deberá presentar la siguiente documentación:
- Pasaporte o Documento Nacional de Identidad vigente, según sea el país de origen.
- Certificado de nacimiento o libreta de familia, en original, adjuntando tres fotocopias simples.
- Autorización Notarial de ambos padres, entregando su consentimiento para la salida del menor, en original más tres fotocopias simples.
- Certificado de defunción en caso de estar fallecidos ambos padres, en original adjuntando tres fotocopias simples.
- Autorización del Tribunal de Familia que corresponda, entregando el consentimiento para el viaje del menor, en original y tres fotocopias simples.
Tratándose de menores de edad residentes en Chile, se actuará conforme a lo dispuesto en la ley N° 16.618 en su artículo 49: No es necesario legalizar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores las autorizaciones notariales de viaje para menores que salgan del país sin sus padres o tutor legal, excepto si el menor se va a radicar en el extranjero.
¿Es necesario efectuar algún trámite o solicitar alguna autorización antes de ingresar a Chile como turista?
Por regla general, no se requiere de visa o autorización previa para ingresar a Chile como turista.
Los ciudadanos de Sudamérica, la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá y Australia no necesitan visado como turista. Sin embargo, los ciudadanos de algunos países deben pagar una tasa en efectivo (impuesto de reciprocidad) al ingresar por avión a Chile, una medida que se está eliminando progresivamente para favorecer el turismo.
Para los residentes de algunos países si es necesario solicitar una autorización, denominada “Visa de turista” (Ver listado de países que requieren de visa de turista) que debe ser solicitada en cualquier consulado de Chile o via online.
Es recomendable que las personas que deseen viajar a Chile como turistas, se acerquen al Consulado Chileno de su país de residencia para informarse sobre los requisitos de ingreso al país.
¿Cuánto tiempo puedo permanecer en Chile como turista?
90 días contados desde la fecha de ingreso al país. Sin embargo, la autoridad podrá excepcionalmente limitar la permanencia del turista por un plazo inferior. El tiempo máximo de permanencia de un extranjero como turista en Chile, puede ser consultado aquí.
¿Qué debo hacer para extender mi estadía como turista en Chile?
Existen dos alternativas:
- Solicitar una ampliación de turismo: si la autoridad limitó su permanencia a un plazo menor a 90 días. Trámite exento de pago. Ver requisitos.
- Solicitar una prórroga de turismo: Para permanecer por un período adicional a los 90 días. Dicho trámite se realiza dentro de los últimos 30 días de vigencia del plazo de turismo. El valor a pagar es de US$ 100 (equivalente en pesos chilenos) y normalmente se entrega por 90 días adicionales.Ver requisitos. Ver valor dólar.
Ambos trámites se realizan en el Departamento de Extranjería de Santiago o en la gobernación de cada provincia. Puede reservar su hora de atención aquí.
¿Qué debo hacer si ha vencido mi plazo de estadía como turista y necesito salir del Chile?
Deberá acudir al Departamento de Extranjería de Santiago o a la gobernación provincial más cercana para que se le aplique la sanción y se le otorgue la autorización que le permitirá salir del país. Es muy importante que considere que este trámite NO se puede realizar en los puntos de salida, ni en los aeropuertos ni en los pasos fronterizos terrestres.
Procedimiento de ingreso a Isla de Pascua

Pasajeros procedentes de Santiago de Chile
La mayor parte de los turistas nacionales y extranjeros que llegan a Isla de Pascua por avión se embarcan en Santiago de Chile. El control de la documentación en el aeropuerto de Santiago de Chile se realizará a todos los pasajeros, nacionales y extranjeros, de la siguiente forma:
- 1. El pasajero se acercará como es habitual al mostrador de la aerolínea LATAM (única aerolínea que vuela a Isla de Pascua) para hacer el check-in de su vuelo a Rapa Nui. Allí el personal de LATAM entregará un formulario a cada pasajero tanto nacional como extranjero. Este deberá rellenar el formulario con su nombre, apellidos, nacionalidad, numero de documento de viaje (cédula de identidad o pasaporte), y el nombre del alojamiento donde ha realizado la reserva.
- 2. Después de realizar el check-in y con el formulario cumplimentado el pasajero se acercará a un counter/kiosko de PDI (Policía chilena), dónde se fiscalizará la información que contiene el formulario. Sólo podrán ingresar pasajeros que tengan reservas en alojamientos registrados por Sernatur o que presenten una carta de invitación personalizada de un ciudadano de origen rapanui.
- 3. Después el pasajero se dirigirá la sala de embarque para esperar su vuelo.
Pasajeros procedentes de Tahiti
Los pasajeros que lleguen a Isla de Pascua procedentes del aeropuerto de Papeete en Tahiti (Polinesia Francesa) deberán presentar la documentación necesaria en el aeropuerto Mataveri de Isla de Pascua.
Pasajeros de cruceros
Los pasajeros que llegan en avión a Isla de Pascua y se embarcan en un crucero para continuar su viaje o aquellos que llegan con un crucero con escala en la isla y se embarcan en un avión para continuar su viaje tienen que presentar un documento que avale que entran o salen de la isla con tal crucero. Este documento servirá para comprobar que se alojan en dicho barco y verificar su fecha de salida de Rapa Nui.
La Policía de Investigaciones (PDI) estará a cargo de registrar a todos los visitantes cuando lleguen a la isla y verificar que la abandonen dentro del período fijado, para lo cual tendrán un listado de los residentes.